top of page
Buscar

MODIFICAN LEY Nº. 31572, LEY DE TELETRABAJO, EN LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS TELETRABAJADORES

  • Foto del escritor: jmansilla99
    jmansilla99
  • 25 jul 2024
  • 2 Min. de lectura
  1. ANTECEDENTES


La Ley Nro. 31572, Ley del teletrabajo estableció las reglas de esta modalidad de trabajo en el marco de una relación laboral y en la que no se requiere la presencia física del trabajador en el centro de trabajo, reemplazándola a través de medios tecnológicos


2. CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA LEY Nº 31572


El 22 de julio se publicó la Ley Nº. 32102, (modifica la Ley Nro. 31572, Ley del Teletrabajo), incorporándose el numeral 6.7 del artículo 6 y el literal k) del artículo 12, se modificaron los numerales 11.2, 21.1 y 23.6 de los artículos 11, 21 y 23.


Principales modificaciones :


En casos en los cuales el teletrabajador no pueda realizar su labor debido a cortes del suministro eléctrico o del servicio de internet debidamente acreditados, dichos tiempos no podrán ser descontados ni objeto de compensación.


Se dispone que en el contrato o convenio de cambio de modalidad se establecerán las condiciones respecto del retiro de documentación confidencial del centro de trabajo especificando las responsabilidades del teletrabajador.


Cuando se varíe el lugar habitual de desarrollo del teletrabajo, el teletrabajador está obligado a garantizar las condiciones informáticas y de comunicación óptimas para llevar a cabo el teletrabajo de manera adecuada. Asimismo, el teletrabajador debe dar las facilidades de acceso, a su nuevo lugar habitual de teletrabajo para que el empleador identifique los peligros, evalúe riesgos e implemente las medidas correctivas..


La norma indica que durante el desarrollo de la jornada laboral, el teletrabajador se encuentra prohibido de abandonar el lugar habitual de teletrabajo y de realizar actividades particulares. En caso de realización de actividades particulares durante la jornada, el teletrabajador está obligado a justificarlas frente al empleador, de lo contrario será considerado falta grave, y sujeto a un procedimiento disciplinario en su contra, pudiendo aplicársele como sanción, revertir automáticamente la modalidad de teletrabajo.


Se establece que la capacitación, medidas y recomendaciones de seguridad y salud en el teletrabajo deben incluir obligatoriamente el establecimiento de las pausas activas.


La norma entró en vigencia a partir del 23 de julio de 2024.

 
 
 

Entradas recientes

Ver todo
AUTORIZAN RETIRO DE LA CTS

El día de hoy se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 32027, que autoriza a los trabajadores disponer del 100% de sus...

 
 
 

Comments


bottom of page